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Fomento de las lenguas de los pueblos indígenas ,raizal y palenquero.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ley 1381 de 2010
Ley de derechos lingüísticos de Colombia

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Por la cual se desarrollan los artículos 7, 8, 10 y 70 de la Constitución Política, y los artículos 4, 5 y 28 de la Ley 21 de 1991 (que aprueba el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales), y se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.

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Lo que se desea con el desarrollo de la ley de lenguas es contribuir al fortalecimiento y protección de las lenguas de los pueblos raizales y palenqueros, esto lo que pretende es fomentar la investigación lingüística, la enseñanza de la lengua y la utilización de la misma en la educación formal, como en la producción de textos, audios, vídeos, entre otros.

 

Fomentar estas lenguas permite:

 

  • Comunicación intercultural.

  • Prevención de la discriminación y la exclusión social.

  • Emprendimiento cultural.

  • Protección cultural de las comunidades.

  • Fomentar el respeto por la diversidad.

La diversidad cultural nos permite conocer diferentes creencias y tradiciones generando un enriquecimiento a nivel social y personal, es importante generar un beneficio a nivel nacional sin excluir a nadie. Todos tenemos los mismos derechos y por ende es importe fomentar la protección a estas poblaciones especiales que por una u otra situación no han tenido el reconocimiento que se debería generar.

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