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SENTENCIA C-458-15

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La Corte Constitucional considera que ciertas expresiones utilizadas por el legislador para referirse a las personas en situación de discapacidad contienen alta carga discriminatoria.

Una sentencia de la Corte Constitucional ordenó que términos como minusválido, población minusválida, discapacitados, personas limitadas o limitados, que se encuentran en varias disposiciones de la legislación, se reemplacen por expresiones como personas en situación de discapacidad física, psíquica o mental o persona con discapacidad auditiva.

 

Por considerar que con esas expresiones contenidas en la ley se discrimina y lastima a las personas en situación de discapacidad, La Corporación dispuso su reemplazo.

Varios ciudadanos demandaron ante la corte Constitucional las expresiones afines a las palabras “discapacitados”, “inválidos”, “minusválidos”, “personas con limitación”, “limitados” y “sordos”, contenidas numerosas leyes vigentes, por considerar que esos  vocablos “tienen una connotación peyorativa que lesiona el ordenamiento superior”.

 

Y en la virtud dispuso que las expresiones que a continuación se relacionan deberán reemplazarse en la forma que seguidamente se indica:

  •  Discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, reemplazar por personas en situación de discapacidad física, psíquica y sensorial.

  •  Minusvalía reemplazar por  invalidez.

  •  Discapacitado  reemplazar por  persona en situación de discapacidad.

  •  Personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales” y personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas o mentales, reemplazar por la expresión Personas en situación de discapacidad física, sensorial y psíquica.

  •  Personas con limitaciones,  reemplazar por Personas en situación de discapacidad.

  •  Personas discapacitadas reemplazar por Personas en situación de discapacidad”.

  •  Limitado auditivo y limitados auditivos, reemplazar por Persona con discapacidad auditiva y personas con discapacidad auditiva.

  •  Personas con limitación, personas con limitaciones, persona con limitación”, población con limitación o Personas limitadas físicamente, población limitada, reemplazar por Persona o personas en situación de discapacidad.

  •  Limitación, limitaciones o disminución padecida, reemplazar por discapacidad o en situación de discapacidad.

  •  Limitados o limitada reemplazar por Personas en situación de discapacidad.

  •  Población minusválida y minusválidos, reemplazar por Personas en situación de discapacidad.

  •  Discapacidad y discapacitados, reemplazar por Persona en situación de discapacidad.

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